background image
cnt
n°298 febrero 2004
Sindical-laboral
1
100
Fernando Carro
Concretamente, en la comunidad autonómica
del País Vasco, en el período de enero a no-
viembre del 2003, los accidentes de trabajo
han disminuido un 3,45% y las enfermeda-
des profesionales nuevas han aumentado un
7,12% respecto al mismo período de tiempo
en el año 2002, según datos de Osalan (Or-
ganismo autonómico responsable de este
tema). Es decir, estamos peor que al comen-
zar el año 2003.
Esto es un claro ejemplo de que los pro-
blemas laborales no se solucionan con la exis-
tencia de una ley, decretos, etc... En el tema
de prevención de riesgos laborales intervienen
muchos factores, como: intereses contrapues-
tos de trabajadores y empresarios, prevalencia
de los intereses empresariales ante los del con-
junto de la ciudadanía, información y forma-
ción deficientes, concienciación y sensibilidad
de los trabajadores y trabajadoras de los ries-
gos existentes en el trabajo, ineficacia de Ins-
pección de Trabajo, trabajo a destajo, pluses de
productividad, etc... Por eso, la Reforma del
Marco Normativo de la Prevención de Riesgos
Laborales (Ley 54, BOE, 13 Diciembre 2003)
tiene motivaciones más económicas y propa-
gandísticas que efectivas de cara a reducir las
cifras reales de la siniestralidad laboral.
¿De dónde surge esta ley?
En diciembre del 2002, gobierno, CC.OO., UGT,
CEPYME y CEOE se reunieron para parir un do-
cumento titulado "Propuestas de la Mesa de
Diálogo Social en materia de Prevención de
Riesgos Laborales". Estas propuestas son apro-
badas por la Comisión Nacional de Seguridad
y Salud en Enero del 2003, por el Consejo Eco-
nómico y Social en Julio y remitidas por el
gobierno al congreso ese mismo mes como an-
teproyecto de ley. Es decir, que esta reforma
no sólo es obra de los políticos de turno sino
de una parte del sindicalismo oficial (del ré-
gimen) y de la patronal.
Objetivos Teóricos de la reforma.
1. Como objetivo horizontal: combatir de ma-
nera activa la siniestralidad laboral.
2. Fomentar una auténtica cultura de la pre-
vención de riesgos laborales en el trabajo,
que asegure el cumplimiento efectivo y real
de las obligaciones preventivas y proscriba
el cumplimiento meramente formal o do-
cumental de tales obligaciones.
3. Reforzar la necesidad de integrar la pre-
vención de los riesgos laborales en los sis-
temas de gestión de la empresa.
4. Mejorar el control del cumplimiento de la
normativa de prevención de riesgos labora-
les, mediante la adecuación de la norma
sancionadora a la norma sustantiva y el re-
forzamiento de la función de vigilancia y
control, en el marco de las comisiones te-
rritoriales de la Inspección de Trabajo.
Para alcanzar estos objetivos, esta ley mo-
difica algunos artículos de la LPRL y de la Ley
sobre Infracciones y Sanciones en el Orden So-
cial (LISOS). Todo ello acompañado de un fu-
turo desarrollo reglamentario en relación con
las reformas que se introducen.
Comentario a los objetivos de la Ley.
1. Si alguien me puede indicar algún artículo
de esta ley que implique "combatir de ma-
nera activa la siniestralidad laboral", por
favor que se ponga en contacto conmigo, se
lo agradeceré eternamente. Como es un ob-
jetivo "horizontal", igual nos están dicien-
do a los trabajadores y trabajadoras que nos
quedemos "tumbados" esperando que otros,
los salvadores, nos resuelvan los problemas.
Aunque visto lo mal que, por ejemplo,
CC.OO. lleva la evaluación de los riesgos que
corren sus dirigentes, lo digo por los pala-
zos que le dieron a Fidalgo (si los preven-
cionistas siempre lo decimos: un
vendetrabajadores debe ir a las manifesta-
ciones con el casco y demás equipos de pro-
tección individual -EPI-, porque visto como
está el ambiente pueden sufrir un "acci-
dente" en cualquier momento), yo no me
fiaría mucho de ellos y, en vez de estar es-
perando, tomaría la iniciativa porque en
prevención de riesgos laborales nos esta-
mos jugando la salud y en muchas ocasio-
nes la vida.
2. En cuanto a lo de "fomentar una auténtica
cultura de prevención...", cuando la mayo-
ría de la empresas incumplen impunemente
algo tan básico como dar una información ve-
raz de los riesgos reales a que están ex-
puestos diariamente los trabajadores y
trabajadoras en su puesto de trabajo, es hi-
riente para los prevencionistas y para todas
las personas involucradas en este tema que
nos vengan con esta milonga. Si quieren fo-
mentar una auténtica cultura de prevención
que empiecen por hacer efectivo que la sa-
lud y la vida de los trabajadores y trabaja-
doras es más importante que las puñeteras
ganancias que obtengan las empresas. Por-
que lo que produce riqueza es el trabajo de
la mayoría y no la propiedad de unos pocos.
3. Respecto a lo "integrar la prevención de los
riesgos laborales en los sistemas de gestión
de la empresa" ya lo dice la LPRL y el Re-
glamento de los Servicios de Prevención
(RSP). ¿Qué pasa? ¿Que no se cumple ni la
una ni el otro? Entonces nos toman por ton-
tos, si la LPRL y el RSP no se cumplen o se
cumplen en la forma pero no en el fondo,
con el resultado conocido, ¿Cómo vamos a
creer que otra ley va a ser más efectiva que
los anteriores? ¿Van a mandar a legiones de
inspectores de trabajo, sindicaleros del ré-
gimen y demás "maderos sociales", perdón,
quería decir agentes sociales para acojonar
a las empresas incumplidoras? Hay que ver-
lo para creerlo.
4. En relación al cuarto objetivo, este se con-
creta en dos fines:
a. Adecuar la normativa sustantiva (La
LPRL y sus reglamentos) a la sanciona-
dora (LISOS): este es, a mi entender, el
padre, la madre y el resto de la corde-
ra, léase reforma. Han tenido que sacar
una ley para enmascarar que su verda-
dero objetivo es "hacer caja", recaudar
a costa del sufrimiento diario de los tra-
bajadores y trabajadoras. Que una in-
cumple algo o hay algún accidente:
sanción económica, que sigue incum-
pliendo: nueva sanción, así hasta el in-
finito. Aunque tampoco creo vaya a
suceder así en muchos casos. ¿No sería
más fácil, sencillo y efectivo que la san-
ción administrativa fuera que la em-
presa pusiera inmediatamente todos los
medios necesarios para solventar los in-
cumplimientos en materia de preven-
ción? Pues no lo debe ser para los
paridores de la ley, porque además como
la patronal anda metida por medio. La
pregunta que nos debemos hacer es ¿va
a ser más barato pagar las sanciones que
poner los medios preventivos necesa-
rios? Pues parece que la respuesta es
afirmativa, y si además añadimos que
el verdadero objetivo de la reforma es re-
caudatorio, se supone para llegar a la
desvergüenza infinita, perdón quería
decir al déficit cero, y no solventar de
manera efectiva la sangría que viene
padeciendo la clase trabajadora.
b. Reforzar la función de vigilancia y con-
trol de la Inspección de Trabajo: Lo ten-
drían que haber titulado: "por fin la
Inspección, INSHT y Organismos Auto-
nómicos se van a mojar de verdad en pre-
vención de riesgos laborales". Me consta
que en los mencionados organismos pú-
blicos hay algunas personas conciencia-
das para que a los trabajadores y
trabajadoras se nos respeten los derechos
mínimos que vienen en las leyes, pero
son los menos. La mayoría pasa olímpi-
camente y lo único que parece que les
preocupa, es hacer caja para esa empre-
sa que se llama Estado. Por lo tanto, no
esperemos mucho de que por esta parte
nos resuelvan los problemas, además hay
que tener en cuenta que para los jerifal-
tes de estos organismos, nombrados por
políticos, lo más importante son los in-
tereses empresariales.
¿ Qué podemos hacer en esta situación?
Con una mínima preparación en prevención
de riesgos laborales, la concienciación que se
supone que tenemos y las ganas de lucha in-
herentes a todos los Anarcosindicalistas po-
demos hacer mucho, por nosotros y por el resto
de la Clase Trabajadora.
La fórmula no es nueva: preparación, es-
fuerzo y una lucha con inteligencia anarquis-
ta (como dice un compañero madrileño que
fue Secretario General de la Confederación).
Además, a mi entender, la CNT debe empe-
zar a reivindicar dos cosas:
1. Que los sindicatos oficiales (desde la UGT a
la CGT), si les queda todavía un gramo de
honradez, introduzcan las cláusulas perti-
nentes en todos los convenios colectivos
para que los delegados/as de prevención
pueden ser personas que no hayan sido ele-
gidas en las elecciones sindicales, según lo
indica la LPRL, ya que esta ley es de míni-
mos y puede ser mejorada en la negocia-
ción de los convenios colectivos.
2. Que todas empresas tengan un plan de pre-
vención de riesgos laborales y que se en-
cuentre a disposición de todos los
trabajadores y trabajadoras de la empresa,
como los convenios colectivos, no como
ocurre ahora que sólo lo pueden ver los de-
legados de prevención y trabajadores de-
signados, que, a veces, son cómplices de lo
mal que se están haciendo las cosas.
Fernando Carro es Delegado de Prevención y mi-
litante del sindicato de Oficios Varios de Basauri.
Desde que entró en vigor la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en Febrero
de 1996, las cifras oficiales de siniestralidad laboral nos muestran que, en conjunto, los
accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales aumentan año tras año, a pesar
de la propaganda gubernamental de que se está haciendo algo en el tema de prevención
y de lo maquilladas que puedan estar las estadísticas oficiales.
Reforma de la Ley de Prevención
de Riesgos Laborales
La señalización de los riesgos, por sí sola, no es suficiente para prevenir accidentes.
/ ALMAIREDA
Si quieren fomentar una auténtica cultura de prevención
que empiecen por hacer efectivo que la salud y la vida de
los trabajadores y trabajadoras es más importante que las
puñeteras ganancias que obtengan las empresas.
Porque lo que produce riqueza es el trabajo de la mayoría
y no la propiedad de unos pocos
 OTROS_NÚMEROS PORTADA 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32